Walter Albán: “Instancias internacionales no funcionan a partir de sesgos ideológicos”

Entrevista a Walter Albán, Director Ejecutivo de Proética, en el programa 20 18 conducido por Mávila Huertas.

El Director Ejecutivo de Proética, Walter Albán, pide respetar el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH ) que ordena archivar el caso contra los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional (TC).

“En la comunidad internacional no es serio que un país que asumido compromisos en ejercicio de su propia soberanía, porque así ha ocurrido, el Perú en ejercicio soberano, como lo han hecho los demás estados de la región, se suscribe la convención y se compromete a respetar, y eso obliga al Estado peruano, sin excepciones “, manifestó Walter Albán en los estudios de 20 18 de Canal N.

14/02/2018

Proética demanda al Congreso acatar resolución de la Corte IDH que ordena archivar acusación contra magistrados del TC

El Director Ejecutivo de Proética, Walter Albán, consideró preocupante la postura adoptada por el presidente del Congreso de la República, Luis Galarreta, quien, bajó el pretexto de hacer prevalecer nuestra soberanía, ha planteado abiertamente incumplir lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ordena al Estado peruano archivar el proceso constitucional seguido en el Congreso contra cuatro magistrados del Tribunal Constitucional.

Lamentó que, en un gesto que denota una grave ignorancia, o simple ánimo de persistir en la arbitrariedad, no se esté tomando en cuenta que tanto a la Comisión como a la Corte Interamericana, constituyen instancias competentes para el ordenamiento jurídico peruano, desde que el Estado del Perú, precisamente en ejercicio de su soberanía, decidió someterse al sistema interamericano de protección de derechos.

“Resulta lamentable que quien debiera dar el ejemplo de lo que corresponde en un Estado Constitucional de Derecho, se apresure a convocar, como se diría criollamente, a ‘Patear el tablero’”, dijo Alban en la última edición de La Voz de Proética.

Recalcó que esta decisión de la Corte IDH, constituye un ejemplo más de la importancia de contar con instancias supranacionales para proteger nuestros derechos y en este caso además, la independencia de los organismos jurisdiccionales.

“La Constitución nos otorga a todos los peruanos el derecho de acudir a la protección de este sistema de derechos humanos, en caso de que las autoridades en el país atropellen esos derechos”, manifestó Albán.

Por ello recordó lo sucedido en Venezuela, cuando hace pocos años, el régimen autoritario y corrupto de Hugo Chávez que hoy encabeza Nicolás Maduro, decidió apartar a ese país del sistema, con las graves consecuencias que hoy sufre el pueblo venezolano.

“Los peruanos no vamos a permitir que algunos políticos, enceguecidos por el transitorio poder del que hoy disfrutan, nos arrastren a una situación parecida. El sistema interamericano, incluyendo su Corte de Derechos Humanos, son nuestros”, finalizó.

12/02/2018

Los sátrapas del futuro

Por Débora Dongo-Soria. Los nombres de Macchiavello y Chauvin se han ido adaptando para convertirse, siglos después, en términos para describir determinados comportamientos humanos. Decimos que una persona es maquiavélica cuando creemos que actúa con astucia y perfidia. Hablamos de una persona chauvinista cuando esta personifica un patriotismo exagerado.

¿Otros nombres de nuestra época ligados a la corrupción o al abuso del poder podrían también convertirse en epónimos? ¿Algo similar podría pasar con ciertos cargos públicos mal ejercidos por sus autoridades?

En la antigua Persia, el rey Darío gobernaba con ayuda de los sátrapas, los gobernantes de las provincias (llamadas satrapías) en las que dividió su reino. Su título significaba ‘protector del reino’ y estaban a cargo de los asuntos administrativos, políticos y judiciales, entre ellos cobrar impuestos. Los sátrapas eran asesorados y vigilados en sus jurisdicciones por un canciller, así como por inspectores llamados “ojos y oídos del rey”. Este sistema de vigilancia hizo que la administración del imperio fuese relativamente justa, por lo que los pueblos sometidos solían soportar la pérdida de su independencia con cierta facilidad. Podían mantener sus costumbres, religión y lengua. El único requisito era el pago de tributos. Así, el imperio llegó a recolectar grandes cantidades de riquezas, las cuales permitieron la construcción de muchos caminos, pero también de lujo desenfrenado, abuso de poder por parte de los sátrapas y, eventualmente, la decadencia del imperio persa.

Los excesos de algunos sátrapas generaron que hoy, 2.500 años después, el término haya pasado de significar protector a persona que gobierna despóticamente, que abusa de su poder y de su autoridad. El premio Nobel peruano Mario Vargas Llosa ha calificado de sátrapa a Kim Jong-un, líder de Corea del Norte. En nuestra región se ha usado el término para calificar a varios autócratas.

Así como estamos, cabe preguntarse si el futuro se apropiará del nombre de algún cargo público actual que, por la mala práctica de quienes lo ejercen, se van asociando a la corrupción o al abuso de poder. Actualmente, el Perú tiene un ex presidente preso y otro fugado por corrupción o lavado de activos, entre otros delitos. Además, tiene 67 gobernadores y ex gobernadores regionales investigados y procesados por corrupción, según la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción. Los alcaldes provinciales (102) y distritales (428) no se quedan atrás en investigaciones y procesos por corrupción.

Algunos meses antes de convertirse en presidente del Congreso, Luis Galarreta, de Fuerza Popular, acusó al entonces primer ministro Fernando Zavala, de “ser una especie de Montesinitos’ por —según él— pagarle a gente “con plata de los peruanos para mover las redes [sociales]”. Zavala consideró inaceptable la comparación con el ex asesor Vladimiro Montesinos, gestor de algunos de los mayores actos de corrupción en nuestro país. “Nosotros somos un gobierno democrático, que no usa ese tipo de mecanismos para tener la aprobación de la ciudadanía. Nosotros nos dedicamos a trabajar y somos transparentes”, respondió.

¿Cómo cree que se llamará a los corruptos, estafadores y sátrapas del futuro?

 

Proética lanza “Recomendaciones al Mecanismo Financiero de REDD+”

El diseño de un mecanismo financiero para el Perú viene desarrollándose desde hace algunos años. En el 2014, el ER-PIN del Fondo de Carbono del Forest Carbon Partnership Facility (FCPF) indicaba que se estaba diseñando un programa de reducción de emisiones de carbono, el cual fuera capaz de ofrecer la compra de reducción de emisiones así como que promoviera un sistema de compensaciones ambientales a nivel nacional o internacional de productos con bajas emisiones de carbono.

El presente documento tiene como objetivo brindar recomendaciones al mecanismo financiero propuesto. Se debe entender que la propuesta del Programa Nacional de Conservación de Bosques no es la versión final del mecanismo financiero, ya que este está en proceso de evaluación y aprobación por parte del gobierno de Noruega.

Parte de las recomendaciones plasmadas en este documento son:

  • El convenio de apoyo presupuestario al ser un instrumento del presupuesto público, el diseño queda solo entre actores públicos. Por ellos recomendamos que el seguimiento del diseño de los convenios deben ser realizados por miembros de la sociedad civil y pueblos indígenas. Una de las propuestas es que dos miembros del Grupo de Trabajo Interdisciplinario-GTI participen como observadores en las reuniones de diseño de los convenios.

  • La gobernanza del mecanismo financiero debe ser dinámico y en paralelo al diseño de los convenios. Recomendamos que el GTI tenga mayores funciones como el monitoreo del diseño de los Convenios de Apoyo Presupuestario y reuniones mensuales para brindar recomendaciones sobre rendición de cuentas, transparencia y participación durante la implementación de la DCI.

  • Es necesario que en la suscripción de los convenios de apoyo presupuestal se incluya a otras áreas de la entidad pública como las oficinas de control interno para que puedan supervisar y monitorear el gasto de los desembolsos económicos.

  • En la firma de los convenios de apoyo presupuestal se debe incluir como parte de las condiciones para los desembolsos las auditorías financieras, informes de rendición de cuentas a los beneficiarios y una partida económica para el fortalecimiento de las oficinas de control interno de los Gobiernos Regionales.

  • En la suscripción de los convenios, como parte de los compromisos se implementen mecanismos de alerta temprana, identificación de riesgos y seguimiento a los productos y resultados.

 

Puedes descargar el documento a través de Dropbox aquí.

 

6/02/2018

Los árbitros como funcionarios: Una propuesta mal enfocada

 

Por Franz Kundmüller. El proyecto de Ley No. 1774/2017.MP, presentado al Congreso de la República el 11 de agosto de 2017, entre otras iniciativas, propone modificar el artículo 425 del Código Penal. La propuesta incluye un inciso 7 que define transitoriamente a los árbitros como funcionarios públicos, siempre y cuando entidades u organismos del Estado sean parte del arbitraje. El documento precisa que “la presente ley tiene por objeto fortalecer la lucha contra la corrupción en la administración pública”.

Debe tenerse en cuenta que el árbitro, por la propia naturaleza de sus servicios y funciones, se distingue claramente del juez, por la fuente no disponible de derechos y obligaciones que le dan origen y finalidad especializadas. Eso establecen las normas que regulan al convenio arbitral y al arbitraje como disciplina adjudicativa.

De modo que si bien el árbitro podría tener ciertas facultades de juzgamiento similares a las de un juez, lo cierto es que su régimen económico, legal, es el de un prestador de servicios profesionales, obligado a laudar y mantener la debida imparcialidad e independencia, por mandato de la ley y de la Constitución Política del Estado.

La prevención de actos de corrupción en el nombramiento de un árbitro, no es igual a la corrupción judicial o administrativa. La estructura jurídica subyacente es diferente en cada caso. Sostener lo contrario por vía de generalización, equiparando árbitros con funcionarios, sienta un precedente negativo, es contrario a Derecho y al carácter especializado del arbitraje nacional e internacional. De otro lado; ¿quién supervisa a los que designan a los árbitros? El proyecto no considera ese tema fundamental.

La norma propuesta no es proactiva ni eficaz para prevenir prácticas corruptas, que sin duda han quedado en evidencia en el Perú bajo las actuales circunstancias. Por lo demás, el no calificar a los árbitros como funcionarios, no los exime de su eventual responsabilidad penal por conductas impropias. Se requieren sin embargo medidas sistemáticas y estrategias complejas para eliminar corrupción desde la raíz y no cuando los actos corruptos están consumados y los sobornos cobrados, ocultos en algún paraíso fiscal.

El proyecto solo ofrece un esquema de reacción meramente punitivo, que hará que se multipliquen las denuncias contra los árbitros, elevando costos ocultos, ahuyentando del arbitraje con participación del Estado a los profesionales más serios e íntegros, beneficiando a corruptos y corruptores; siendo evidente que todo eso no contribuirá a erradicar corrupción. Lo que se requiere con urgencia es promover la transparencia y la competencia en la contratación pública, erradicando el direccionamiento de las bases en los contratos que celebra el Estado, así como las adendas contractuales hechas a medida,[1] exigiendo además que los responsables designen árbitros de alta calidad ética y profesional.

Proética demanda una mayor supervisión y control de las denominadas ‘puertas giratorias’ en el Estado

El Director Ejecutivo Adjunto de Proética, Samuel Rotta demandó un mayor mecanismo efectivo de supervisión y control sobre el fenómeno de “las puertas giratorias” en el Estado y así evitar que altos funcionarios del sector público que han tenido una relación laboral con el sector corporativo utilicen sus cargos para inclinar injustamente la elaboración de políticas o aplicación de normas para favorecer a sus ex empleadores.

5/02/2018

Agente 003 (o tres a cero), por José Ugaz

Por José Ugaz,  ex presidente de Transparencia Internacional
Publicado en el diario El Comercio

Hace un año, el gobierno promulgó el Decreto de Urgencia 003-2017, titulado “Decreto de urgencia que asegura la continuidad de proyectos de inversión para la prestación de servicios públicos y cautela el pago de la reparación civil a favor del Estado en casos de corrupción”.

Entre sus fundamentos, la norma declara que quiere evitar la desaceleración de las inversiones y promover a nuevos inversionistas en los proyectos contaminados de corrupción.

El decreto dispuso que las empresas cuyos representantes han sido condenados o han confesado haber incurrido en casos de corrupción, y sus vinculadas, no pueden hacer transferencias al exterior ni vender sus activos sin permiso del Ministerio de Justicia (Minjus). Si alguien está interesado en comprarles a esas empresas sus activos, acciones o derechos, deberá solicitar permiso al Minjus y depositar en un fideicomiso administrado por el Banco de la Nación el íntegro del monto que la procuraduría “haya estimado a ese momento de la reparación civil a favor del Estado”. A ello se agrega que las entidades del Estado que le deben a estas empresas o consorcios retendrán los pagos según una fórmula dispuesta en el DU 003.

¿Cuál ha sido el resultado de la norma? Exactamente el contrario. Solo en el caso de Odebrecht, 147 empresas de 247 proveedores ya quebraron, lo que ha dejado sin empleo a 9.000 trabajadores. Con la paralización del gasoducto del sur, el año pasado dejaron de salir de la pobreza 150.000 peruanos. El proyecto de la hidroeléctrica de Chaglla, valorizado en US$1.400 millones, está entrampado en una negociación con inversionistas chinos.

Al margen de los problemas de constitucionalidad que contiene el DU 003, este ha demostrado ser una norma defectuosa y mal diseñada. Equipara al condenado (que ha negado haber cometido actos de corrupción), con el colaborador que confiesa su delito. Es decir, castiga al que ayuda al Estado entregando información y devolviendo dinero como si se hubiera negado a reconocer su responsabilidad.

De otro lado, obliga a los interesados en adquirir estas empresas o sus proyectos a depositar al Estado una suma de dinero arbitrariamente “estimada” por parte interesada en el proceso (procuraduría), sin que exista fallo de responsabilidad o decisión final sobre el monto de la reparación civil. ¿Quién en su sano juicio va a comprar una empresa o proyecto que además del precio le va a costar un monto adicional “estimado” al libre albedrío de la procuraduría?

El fracaso de la norma ha sido evidente por goleada. Se han paralizado importantes obras de infraestructura, se ha roto la cadena de pagos y se ha desincentivado a los interesados en comprar. Ello pues, por un lado, el Minjus ha actuado con temor ante las pocas solicitudes que ha recibido y, por otro, los potenciales compradores se han asustado ante la amenaza de que se declare nula su compra y encima tengan que pagar solidariamente con el corrupto el íntegro de la reparación civil y ser inhabilitado para contratar con el Estado.

También se ha desmotivado a potenciales colaboradores que no ven razón para acogerse si los van a tratar igual o peor que a aquellos que cínicamente niegan su responsabilidad, poniendo en riesgo, por anticipado, la viabilidad de sus empresas.

Es entendible la encrucijada del gobierno. Por un lado, debe evitar la impunidad de corruptos que han afectado gravemente al país. Por otro, debe asegurar la buena marcha de la economía y la continuidad de grandes proyectos de desarrollo. Sin embargo, en el dilema, intimidado ante la demagogia de los políticos que irresponsablemente exigían a gritos la inmediata expulsión del país de las empresas corruptas sin importarles las consecuencias sociales, optó por el peor camino.

El emblemático juez brasileño Moro usa una frase que resume lo que debe ser un principio rector en estos casos: “No hay que ahorcar al cantante”. No hay que castigar al colaborador, hay que incentivarlo. Que pague su culpa en términos razonables y proporcionales a su delito y su colaboración. No es dable que al día siguiente que una empresa decide colaborar, le caigan desordenadamente y sin coordinación alguna la Sunat, el OSCE, el Indecopi, los bancos y todos los que tienen una pretensión económica o legal, estrangulándola a diez manos.

Ahora que vence este DU fracasado, es tiempo de promulgar urgentemente una norma que impida que miles de peruanos vayan al desempleo y se pare el desarrollo del país. Puede implementarse un sistema similar al de las empresas que solicitan su reestructuración: una vez que se acogen a ese régimen, el Estado las protege de la depredación caótica y caníbal, y busca una salida ordenada para beneficio del Perú, no para satisfacer a los demagogos de siempre. Que la fiscalía y el Poder Judicial se ocupen de evitar la impunidad que, en ese ámbito, vienen haciendo un buen trabajo.

Ilustración: Victor Sanjinéz García

5/02/2018

¿Perdonamos los peruanos la corrupción?, por Sofía Vera

Por Sofía Vera*

Dada la conmoción política generada por los últimos escándalos de corrupción en América Latina, estudiar las actitudes de los ciudadanos hacia la corrupción se ha vuelto de vital importancia. Casos como el de Odebrecht en Brasil, y sus ramificaciones en otros países de América Latina, han reavivado el debate sobre la tolerancia ciudadana a la corrupción. ¿Cómo perciben los ciudadanos a los gobiernos envueltos en casos de corrupción? ¿Acaso la corrupción se percibe como una realidad inevitable tan enquistada en la cultura y el sistema político que no tiene solución, o más bien es vista como un problema que puede combatirse desde la sociedad y frente al cual los ciudadanos toman acción y dicen “basta ya!”?

Se dice que los peruanos toleramos la corrupción y que preferimos un político corrupto pero eficiente a uno honesto pero ineficiente, pero en realidad esta afirmación no ha sido estudiada a profundad con evidencia empírica que lo demuestre. Algunas encuestas afirman que la tolerancia a la corrupción es de 78%.[1] Otras encuestas encuentran que el apoyo ciudadano al “roba pero hace” está entre el 41%[2] y 59%.[3] Pero la idea del intercambio de bienestar económico por corrupción es muy difícil de medir con encuestas ordinarias porque mucha gente responde como cree que debería responder y no como realmente piensa y opina.

Para reducir los problemas de medición y de inferencia causal, aplicamos una metodología experimental de viñetas de encuesta que ha sido utilizada con éxito en otros países del mundo.[4] El experimento se aplicó en la Encuesta Nacional sobre Percepciones de la Corrupción 2015 de Proética.[5] Encontramos que los peruanos son menos tolerantes a la corrupción de lo que usualmente se cree. Si comparamos a dos candidatos hipotéticos promedio, iguales en todo excepto por su record de corrupción, el candidato honesto recibe 49.74% de apoyo electoral, mientras que el corrupto recibe solo 30.10%.[6] Es decir, en promedio, el candidato corrupto recibe 19% menos intención de voto que el candidato honesto.

Al explorar la idea de que el castigo a la corrupción disminuye con las obras, encontramos cierta evidencia de que este es el caso en esta muestra. Mientras que los candidatos eficientes reciben una sanción de 16.59% por acusaciones de corrupción, los candidatos ineficientes acusados por corrupción pierden hasta 22.89% de apoyo electoral. Esto quiere decir que aunque ser eficiente ayuda a amortiguar el peso electoral de la corrupción, el candidato eficiente no se salva por completo del castigo electoral. Incluso para un candidato eficiente ser corrupto tiene un costo alto.

Este es uno de los primeros estudios experimentales en el Perú que nos permite afirmar con precisión que la corrupción tiene un precio político tanto para políticos que hacen obra como para los que no hacen obra. Sus resultados sugieren que la típica frase “roba pero hace” tiene algún fundamento empírico pero que requiere de una precisión importante: las obras reducen el costo de la corrupción pero no garantizan su impunidad.

Esperamos que este estudio motive nuevas investigaciones empíricas sobre este y otros aspectos de la corrupción en el Perú.

*Sofía Vera es candidata a doctora por la Universidad de Pittsburgh e investigadora visitante en el German Institute for Global and Area Studies (GIGA) en Alemania.

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[1] https://elcomercio.pe/politica/actualidad/78-peruanos-son-tolerantes-corrupcion-389838

[2] http://semanaeconomica.com/article/economia/144060-roba-pero-hace-obra-por-que-los-peruanos-toleramos-la-corrupcion/

[3] http://www.americatv.com.pe/cuarto-poder/roba-hace-obra-noticia-11024

[4] En América Latina resaltan los estudios en Argentina, Brasil, Colombia, Chile, y Uruguay que utilizan esta metodología: Winters y Weitz-Shapiro 2013, Botero et al 2015, Carreras y Vera 2017, Klašnja et al 2017, Weitz-Shapiro y Winters 2017

[5] Link a los resultados y detalles tecnicos de la encuesta.

[6] La probabilidad de apoyo al candidato es medida en una escala del 1 al 7 (donde 1 es muy improbable y 7 es muy probable) y ha sido transformada a una variable de 0-100 para facilitar la interpretación.

Referencias:

Winters, M. S., & Weitz-Shapiro, R. (2013). Lacking information or condoning corruption: When will voters support corrupt politicians? Comparative Politics.

Botero, S., Cornejo, R. C., Gamboa, L., Pavao, N., & Nickerson, D. W. (2015). Says who? an experiment on allegations of corruption and credibility of sources. Political Research Quarterly.

Klašnja, M., Lupu, N., & Tucker, J. (2017). When Do Voters Sanction Corrupt Politicians? Paper presented at the 2017 Annual Meeting of the European Political Science Association.

Carreras, Miguel, & Vera, Sofia (2017). Do Corrupt Politicians Mobilize or Demobilize Voters? A Vignette Experiment in Colombia.

Weitz-Shapiro, R., & Winters, M. S. (2017). Can Citizens Discern? Information Credibility, Political Sophistication, and the Punishment of Corruption in Brazil. Journal of Politics, 79(1).

2/02/2018