Encuentro de Aliados de Proética: hacia una Agenda de Reformas por la Integridad y la Lucha contra la Corrupción

El martes 23 de octubre se llevó a cabo el Encuentro de Aliados de Proética, capítulo peruano de Transparencia Internacional, un espacio donde se presentaron las líneas estratégicas de la institución y las acciones emprendidas en el escenario de corrupción actual en el país. Sobre todo, fue un espacio para lanzar una convocatoria amplia y plural orientada a la construcción de una Agenda de Reformas por la Integridad y la Lucha contra la Corrupción.

El evento contó con la participación de Julio Pérez Alván, presidente del Consejo Directivo de Proética, así como de instituciones asociadas como ADEX, IPYS, CIES y la Asociación Civil Transparencia, además de la presencia del Director Ejecutivo, José Luis Gargurevich.

Asistieron los presidentes de la CCL, PERUCÁMARAS, CONFIEP, ADEX, CGTP, y del Consejo Privado Anticorrupción; la Vicepresidenta de la Asociación Civil Transparencia; así como representantes del PNUD, SUTEP, DESCO, EsHoy y otros.

Con este evento, Proética abre un ciclo de diálogo con distintos sectores de la sociedad, especialistas y representantes regionales para construir una Agenda de Reformas. Porque vencer a la corrupción depende de todos y todas, hagamos que la integridad sea nuestro propósito nacional.

Ucayali: Proética impulsa capacitación anticorrupción en comunidad Shipibo-Conibo

Ucayali, septiembre de 2025. En la Comunidad Nativa Sol Naciente de Ucayali, del pueblo Shipibo-Conibo, se desarrolló el taller “Institucionalidad y Lucha contra la Corrupción”, una iniciativa liderada por Proética para fortalecer las capacidades de los pueblos indígenas amazónicos frente a las crecientes amenazas que enfrentan sus territorios debido a actividades ilícitas como la tala ilegal, minería ilegal y narcotráfico.

La capacitación se realizó a través de la Mochila Forestal del OSINFOR, una metodología educativa participativa que fue impartida en idioma nativo por el líder indígena Hicler Rodríguez Guimaraes. Esta adaptación intercultural permitió a los 26 comuneros participantes —de los cuales 15 fueron mujeres (58%)— comprender y apropiarse plenamente de los contenidos.

Con estas acciones, Proética reafirma su compromiso de visibilizar los riesgos de corrupción en la Amazonía y de promover la integridad en la gestión de los recursos naturales, en alianza con comunidades locales indígenas que son los primeros defensores de sus territorios.

Los participantes expresaron su satisfacción con la jornada y remarcaron la necesidad de dar continuidad a este tipo de iniciativas, fundamentales para fortalecer la institucionalidad en contextos donde la corrupción y la ilegalidad ponen en riesgo el futuro de los pueblos indígenas y de la Amazonía.

III Concurso de dibujo y pintura: “El rol de las y los defensores ambientales en la protección de los recursos naturales y en la lucha contra la corrupción en Madre de Dios”

La Red Anticorrupción Forestal Madre de Dios (RAF Madre de Dios), en coordinación con el ECA Amarakaeri y Cáritas Madre de Dios, convoca a estudiantes de 5 y 6 grado de nivel primario de las instituciones educativas de la región a participar en el III Concurso de dibujo y pintura: “El rol de las y los defensores ambientales en la protección de los recursos naturales y en la lucha contra la corrupción en Madre de Dios”. Esta actividad de la RAF Madre de Dios se realiza en el marco de la implementación de su Plan de Acción 2025.

Objetivo del concurso

Revalorar y visibilizar la importancia del rol de los defensores ambientales en la protección de los recursos naturales y la cultura viva de la región Madre de Dios

Fomentar la creatividad, sensibilidad e involucramiento de las y los estudiantes de las instituciones educativas de la región en el reconocimiento del rol de los defensores ambientales

Quiénes pueden participar

Estudiantes de 5.º y 6.º grado de primaria de instituciones educativas de la región Madre de Dios.

Qué requisitos deben cumplir los dibujos o pinturas

5

El dibujo y/o pintura debe visibilizar las acciones que realizan los defensores o defensoras ambientales (individuos, comunidades, asociaciones, guardaparques, organizaciones, gremios, vigilantes comunales) y las amenazas a las que se enfrentan para proteger los recursos naturales de la región de Madre de Dios.

1

El o la participante debe contar con materiales para la realización del dibujo o pintura, como por ejemplo:

Pintura natural (huito, achiote, etc.), colores, crayolas, témperas, plumones, cartulina de colores, papel bond, papel lustre de colores, material reciclado, etc.
2

En la parte de atrás del dibujo debe indicar los siguientes datos:

· Título del dibujo o pintura
· Tu nombre completo
· Tu edad
· Procedencia (si perteneces a una comunidad nativa, indícalo)
· Materiales que usaste
· Nombre y dirección de la institución educativa y grado de estudios.
· Nombre completo de la persona de referencia (adulto responsable que pueda ser contactado en caso necesario: mamá, papá o tutor legal)
· Teléfono de contacto de tu persona de referencia
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La obra debe ser inédita y no haber sido publicada antes.

Diseño sin título (4)

Solo se permite una pieza artística por participante.

Diseño sin título (5)

No se aceptarán obras generadas o retocadas con herramientas digitales.

3

Es requisito indispensable residir en la región de Madre de Dios.

4

Enviar la obra en formato JPG o PDF, junto con un video corto del proceso creativo (inicio, desarrollo y final) a:

Correo: red.anticorrupcion.forestal.mdd@gmail.com (copia: eca@amarakaeri.com)

WhatsApp: +51 982 600 785

Asunto: “III Concurso de dibujo y pintura defensores ambientales Madre de Dios”

Importante

Aquellos participantes que no cumplan con las bases quedarán automáticamente descalificados del concurso.

Evaluación

El jurado estará conformado por tres integrantes: un/a artista indígena y dos artistas locales.

Criterios

El dibujo y/o pintura debe reflejar las acciones y amenazas a las que se enfrentan las y los defensores ambientales.

Puntaje

30 puntos

Originalidad del dibujo

30 puntos

Mensaje que brinda el dibujo

20 puntos

Creatividad del dibujo

20 puntos

Total

100 puntos

Cronograma

Lanzamiento del concurso

Recepción de dibujos

Calificación por los jurados

Resultados

Publicación de resultados

Las obras ganadoras se difundirán en las plataformas de la RAF Madre de Dios, ECA Amarakaeri, Cáritas Madre de Dios y Proética.

Importante: Las personas ganadoras serán contactadas para coordinar la entrega de sus respectivos premios.

Premios

Las y los participantes ganadores serán acreedores de los siguientes premios:

6

Primer lugar

Diploma + bicicleta

7

Segundo lugar

Diploma + tablet

8

Tercer lugar

Diploma + Kit artístico

Ganadores del concurso

Conoce a las ganadores del concurso:

Primer lugar

Guardianes de la Amazonía

Brittany Kristell Muriel Huamani

11 Años / 6° Grado de Primaria – Instituto Educativo San Isidro

Puerto Maldonado

Segundo lugar

Defensores Ambientales: Guardianes de la vida en Madre de Dios

Annia Madaitd Carrillo Villanueva 

11 Años / 5° Grado de Primaria – Instituto Educativo Niños De Jesús

Puerto Maldonado

Tercer lugar

La Vigilancia Heroica de los Guardaparques y Defensores ante la Corrupción de la Minería Ilegal en Madre De Dios

Arianna Stefanny Ruiz Arroyo

12 Años / 6° Grado de Primaria – Instituto Educativo Santa Rosa

Puerto Maldonado

Guardianes de la Reserva Comunal Amarakaeri

Andrea Peyori Mikiri

11 Años / 5° Grado de Primaria – Educación Intercultural Bilingue Padre José Álvarez

Comunidad Nativa Puerto Luz

Qali Warma: cuando la corrupción impacta directamente a la ciudadanía

Por Pamela Alvarez – Coordinador Legal de OLA

I. Introducción

Si bien la corrupción en nuestro país —lamentablemente— no es un fenómeno nuevo, pocos casos habían evidenciado de manera tan clara cómo sus efectos pueden impactar directamente en la vida de las personas más vulnerables. El caso Qali Warma puso de manifiesto cómo presuntas irregularidades en la contratación pública derivaron en la entrega de alimentos en condiciones inadecuadas —por decir lo menos—, causando la intoxicación de estudiantes beneficiarios del programa en diversas regiones del país.

Estos hechos evidencian que la corrupción es un fenómeno estructural que compromete los derechos fundamentales de los ciudadanos. En el caso concreto, cuando programas estatales como Qali Warma son afectados por prácticas corruptas, no solo se vulnera la administración pública en abstracto, sino que se afectan directamente la salud, la educación y la igualdad de oportunidades de miles de niños y niñas en pleno desarrollo.

Pero el caso de corrupción relacionado con Frigoinca no es el único que involucra al programa social Qali Warma. La Fiscalía de la Nación también tuvo bajo su competencia la investigación seguida contra la presidenta Dina Boluarte, por presuntos actos de colusión durante su gestión como ministra de Desarrollo e Inclusión Social. En la Carpeta Fiscal N.° 91-2023, Boluarte fue investigada, junto a otros funcionarios, por haber favorecido a su amigo de la infancia, Víctor Hugo Torres Merino, facilitando su contratación en programas sociales. Según las investigaciones, Torres Merino habría percibido ingresos superiores a S/ 30,000.00 en programas sociales del MIDIS, incluyendo Qali Warma.

Lo relevante de estos hechos es que no se reducen a un perjuicio patrimonial al Estado, como suele aludirse en los casos emblemáticos de corrupción. Al desviarse recursos destinados a garantizar una adecuada nutrición escolar, se compromete la finalidad de los programas y se pone en riesgo la salud de los beneficiarios más vulnerables. El impacto de la corrupción, en consecuencia, alcanza a miles de estudiantes, a comunidades enteras y, en última instancia, a la sociedad en general.

II. La intervención de las asociaciones civiles en los procesos penales: el marco legal

Frente a situaciones de este tipo, el legislador previó un mecanismo especial en el artículo 94° del Código Procesal Penal, que permite a las asociaciones civiles intervenir como parte agraviada en representación de intereses colectivos y difusos.

En ese marco, tanto en el caso de Frigoinca como en el que involucra a la actual mandataria, Proética, a través de la Oficina Legal Anticorrupción, invocó esta disposición como fundamento para su participación en el proceso penal. Veamos a continuación qué regula dicha norma.

El artículo 94° del Código Procesal Penal regula quiénes pueden ser considerados agraviados dentro de un proceso penal. En su inciso 1, la norma establece:

Se considera agraviado a todo aquél que resulte directamente ofendido por el delito o perjudicado por las consecuencias del mismo. Tratándose de incapaces, de personas jurídicas o del Estado, su representación corresponde a quienes la Ley designe.

Esta distinción permite reconocer que en un mismo proceso penal pueden coexistir varios agraviados: por un lado, el directamente ofendido, es decir, el titular del bien jurídico lesionado —como ocurre con el Estado en los delitos contra la administración pública—; y, por otro, el perjudicado por las consecuencias del delito, quienes sufren un daño concreto derivado de ese hecho punible, aun sin ser titulares del bien jurídico protegido.

La Corte Suprema de Justicia de la República desarrolló esta interpretación en la Casación N.° 646-2019, donde subrayó que la constitución como actor civil corresponde a quien resulte perjudicado por el delito, y no se limita solo al titular del bien jurídico protegido. Lo mismo se establece en el Acuerdo Plenario N.° 5-2011/CJ-116, que, al citar a César San Martín, precisa que el actor civil puede ser tanto el agraviado directo —quien sufre de manera inmediata el daño criminal— como, en su defecto, el perjudicado. En este último caso, se trata del sujeto pasivo del daño indemnizable o del titular de un interés lesionado de manera directa o inmediata por el delito, que deduce expresamente en el proceso una pretensión patrimonial.

En los casos de corrupción esta lectura es crucial. No solo el Estado resulta agraviado como titular del bien jurídico “administración pública”, sino también los ciudadanos que padecen las consecuencias de esas irregularidades: menor calidad en los servicios básicos, desvío de recursos y, como en el caso Qali Warma, afectaciones directas a la salud y educación de los beneficiarios.

Ahora bien, el propio artículo 94 va más allá. En su inciso 4, incorpora un supuesto excepcional para los casos en que los delitos no afectan únicamente a víctimas determinadas:

4.Las asociaciones en los delitos que afectan intereses colectivos o difusos, cuya titularidad lesione a un número indeterminado de personas, o en los delitos incluidos como crímenes internacionales en los Tratados Internacionales aprobados y ratificados por el Perú, podrán ejercer los derechos y facultades atribuidas a las personas directamente ofendidas por el delito, siempre que el objeto social de la misma se vincule directamente con esos intereses y haya sido reconocida e inscrita con anterioridad a la comisión del delito objeto del procedimiento. 

El legislador establece así que las asociaciones civiles pueden ser consideradas parte agraviada cuando los delitos lesionan intereses colectivos o difusos, siempre que su objeto social se vincule directamente con esos intereses y que hayan sido inscritas antes de la comisión del delito.

Este salto, del inciso 1 al inciso 4, marca una ampliación en el concepto de víctima: de la persona directamente ofendida o perjudicada por el delito hacia la inclusión de asociaciones civiles, cuando lo afectado son intereses colectivos o difusos. En ese sentido, el caso Qali Warma resulta ilustrativo, pues la corrupción no solo generó un perjuicio al erario público, sino que comprometió derechos fundamentales de miles de estudiantes y, en general, de la comunidad que depende de la correcta administración de los programas sociales.

Esta normativa encuentra respaldo en los compromisos internacionales asumidos por el Perú. La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), aprobada en 2003 y ratificada en 2004, establece en su artículo 13 que los Estados deben fomentar la participación activa de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales en la prevención y lucha contra la corrupción, así como garantizar que las víctimas puedan acceder a mecanismos judiciales para reclamar una reparación.

Así, la posibilidad de que asociaciones como Proética participen en calidad de agraviadas no es solo una consecuencia de la normativa procesal peruana vigente, sino que encuentra además sustento en compromisos internacionales que garantizan la intervención de la sociedad civil en la lucha contra la corrupción.

III. ¿Qué implica la afectación de intereses colectivos y/o difusos?

El artículo 94.4 del Código Procesal Penal habilita la participación de asociaciones civiles cuando los delitos lesionan intereses colectivos o difusos. Aunque suelen mencionarse juntos, se trata de categorías distintas que conviene precisar.

De acuerdo con Giovanni Priori, los intereses colectivos corresponden a grupos determinables, unidos por una relación jurídica o fáctica previa, como sindicatos, asociaciones de usuarios o comunidades locales. Se trata de colectivos identificables cuyos derechos se ven afectados de manera concreta. Los intereses difusos, en cambio, pertenecen a un grupo indeterminado e indeterminable de personas, sin vínculo jurídico directo entre sí, pero unidas por una afectación común. En estos casos, lo relevante no es cuántos integran el grupo, sino la imposibilidad de individualizarlos (Priori Posada, 1997, p. 99).

Aplicado al programa Qali Warma, la afectación generada por los presuntos actos de corrupción no se reduce a un perjuicio patrimonial del Estado. Se trata de un supuesto de interés difuso, pues los beneficiarios del programa —miles de estudiantes en todo el país— constituyen un grupo amplio, heterogéneo e imposible de individualizar en el proceso penal.

En este sentido, el artículo 94.4 CPP resulta plenamente aplicable, pues reconoce la legitimación de asociaciones civiles para intervenir en representación de estos intereses. Negar esa posibilidad sería desconocer la naturaleza misma de los intereses colectivos y difusos, cuya defensa exige mecanismos de protección, especialmente cuando las víctimas no pueden ser identificadas ni ejercer directamente sus derechos en sede penal.

Finalmente, es importante no confundir estos intereses con la noción amplia de sociedad en abstracto. La sociedad, entendida como el conjunto general de ciudadanos, está representada procesalmente por el Ministerio Público, conforme lo establece el artículo 1 de su Ley Orgánica. En cambio, los intereses colectivos y difusos refieren a realidades específicas que, por su naturaleza, requieren mecanismos diferenciados de protección y justifican la intervención de asociaciones civiles en los procesos penales por corrupción.

IV. Reflexión

El reconocimiento de Proética como parte agraviada en la investigación seguida contra Dina Boluarte por presunta corrupción en el programa Qali Warma constituye un precedente clave en la interpretación del artículo 94.4 del Código Procesal Penal. No se trata únicamente de abrir la puerta a una asociación civil en un proceso penal concreto, sino de afirmar que la defensa de los intereses colectivos y difusos afectados por la corrupción también requiere la voz de la ciudadanía organizada.

Este precedente fortalece el sistema de justicia, pues amplía el espectro de quienes pueden representar a las víctimas en contextos donde el daño trasciende lo individual y alcanza a comunidades enteras. En el caso de Qali Warma, permite que los derechos de miles de estudiantes en pobreza y extrema pobreza sean efectivamente considerados dentro de la investigación penal.

Es importante resaltar que la participación de asociaciones civiles como Proética no sustituye la labor del Ministerio Público ni de la Procuraduría, que representa al Estado como titular del bien jurídico “administración pública”. Por el contrario, la complementa, asegurando que los procesos por corrupción reflejen de manera más completa la magnitud del daño social causado y reduciendo el riesgo de impunidad. Se trata de un paso importante hacia un modelo de justicia más abierto, eficiente y acorde con los compromisos internacionales asumidos por el Perú en la lucha contra la corrupción.

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Caso Qali Warma

¿Qué es el caso Qali Warma?

Es el esquema de corrupción descubierto al interior del programa nacional de alimentación escolar dirigido a los niños y niñas más pobres del Perú. Involucra a políticos, funcionarios y ejecutivos de empresas proveedoras del Estado. 

Mediante el pago de sobornos, los directivos de la empresa Frigoinca lograron evadir los controles sanitarios y así introducir alimentos adulterados o no aptos para el consumo humano en la red nacional de distribución de Qali Warma.

¿Cómo se descubrió?

La primera alerta provino de la prensa. En octubre de 2024, el programa Punto Final mostró coordinaciones entre un funcionario de la Dirección Regional de Salud de Puno (Diresa Puno) y una ejecutiva de la empresa de conservas Frigoinca.

Los chats revelaron que la empresa efectuó pagos periódicos al funcionario a cambio de obtener informes favorables sobre los productos vendidos a Qali Warma. Luego se supo que las conservas de Frigoinca contenían carne de caballo en lugar de carne de res.

En una entrevista al programa Cuarto Poder, la ejecutiva en mención dio detalles del esquema de corrupción. Noemí Alvarado explicó que Frigoinca pudo distribuir conservas adulteradas en varias regiones del país gracias a que tenía contactos en las altas esferas de Qali Warma.

Entre los mencionados, se encontraba Víctor Salazar Cóndor, funcionario cercano al jefe de Qali Warma, Fredy Hinojosa. El testimonio, apoyado en mensajes, fotografías e informes de laboratorio, puso al descubierto a la red de colaboradores de la organización.

¿Cuál fue el costo de la corrupción?

El reportaje de Punto Final reportó que el funcionario cobró un soborno a cambio de encubrir a la empresa en un episodio de intoxicación de 27 niños, niñas y adolescentes de la institución educativa Gamaliel Churata (Puno) ocurrido en marzo de 2024.

Esa mañana, los estudiantes consumieron conservas de Frigoinca y a los pocos minutos presentaron síntomas como dolor abdominal intenso, vómitos persistentes, diarrea y fiebre, por lo que tuvieron que ser trasladados de emergencia a centros de salud.

Sin embargo, el informe posterior emitido por el funcionario de la Diresa Puno atribuyó el episodio al presunto consumo de agua contaminada. De esta forma, evitó que Frigoinca fuera sancionada y continuara vendiendo sus productos a Qali Warma.

Pero este no fue un caso aislado, la Defensoría del Pueblo emitió un Informe en el que dan cuenta las intoxicaciones en Cajamarca, Áncash y otras regiones, vinculadas al mismo esquema de distribución de alimentos presuntamente adulterados por empresas proveedoras del programa. En Cajamarca, al menos 20 estudiantes fueron hospitalizados tras consumir productos del programa que desencadenaron síntomas similares.

Estas denuncias demuestran que el riesgo no se limitó a una sola localidad, sino que se extendió a nivel nacional. Miles de niños, niñas y adolescentes – pertenecientes a comunidades rurales y urbanas en pobreza y extrema pobreza- vieron comprometido su derecho a una alimentación segura, con secuelas en su rendimiento escolar, física y emocional. Lo más grave es que los recursos públicos destinados a garantizar alimentación escolar fueron desviados para sostener una red de corrupción. En vez de fortalecer la salud y el aprendizaje de los estudiantes, el programa los expuso a intoxicaciones, miedo y abandono, golpeando la confianza de las familias en el Estado.

¿Cuáles son las principales figuras involucradas?

El caso implica al exjefe de Qali Warma, Fredy Hinojosa, y otros diez funcionarios del programa de alimentación escolar, así como de la Dirección General de Salud Ambiental (Digesa).

Además, están comprendidos el empresario Michael Burga, propietario de Frigoinca, y sus colaboradores Noemí Alvarado, Delia Zavaleta, Oliver Burga, Edgar Capani, así como los ejecutivos del laboratorio Mevalab Alejandro Mendiola y Renato Burga.

¿Qué fue Qali Warma?

Qali Warma (niño fuerte en quechua) fue un programa social creado durante la gestión del presidente Ollanta Humala, bajo la gestión del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Este programa reemplazó al Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), que hasta ese entonces cumplía la función de otorgar apoyo alimentario en zonas rurales y urbanas en condiciones de pobreza y extrema pobreza. La extinción del PRONAA y la creación de Qali Warma respondieron a la necesidad de implementar un modelo más transparente, participativo y con mayor alcance territorial para garantizar la entrega de alimentos inocuos y nutritivos a escolares de instituciones educativas públicas

Debido a las denuncias de corrupción, a finales de ese año el Ejecutivo anunció su extinción y reemplazo por el nuevo programa asistencial Wasi Mikuna.

¿Cómo funcionaba Qali Warma?

El programa Qali Warma operaba bajo un modelo de cogestión, en el que participaban instituciones del Estado, proveedores del sector privado y comunidades locales.. La compra de alimentos estuvo a cargo de 116 Comités de Compras a nivel nacional. Cada comité estaba integrado por el gerente de desarrollo social del municipio, un representante de la red de salud, el subprefecto y dos representantes de los padres de familia.

Entre otras funciones, los comités eran los encargados de seleccionar a los proveedores, quienes previamente debían cumplir requisitos técnicos y sanitarios, que eran supervisados por la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos de Qali Warma.

¿Quiénes han estado al mando del programa?

Durante su existencia, el programa tuvo diecinueve directores ejecutivos. Sin embargo, los hechos denunciados corresponden al período 2019-2024, tiempo durante el cual Fredy Hinojosa ejerció la más alta dirección de Qali Warma durante tres años continuos.

¿Qué es Frigoinca?

La empresa, propiedad del fallecido Nilo Burga Malca, fue constituida en septiembre de 2017 y desde entonces distribuye conservas cárnicas bajo la marca comercial “Don Simón” y otras compañías creadas por presuntos testaferros.

Su ingreso a Qali Warma se dio a través de “terceros contratistas”, sin embargo a partir de 2023 la empresa participó de licitaciones formando parte de consorcios. Bajo esta modalidad, solo en 2024 ganó 29 contratos por un valor de 88 millones de soles.

¿Cómo operaba Frigoinca?

La investigación reveló que Frigoinca construyó su posición dentro del programa a través de un sistema de sobornos y manipulación de procesos. Se modificaban fichas técnicas para que solo sus productos calzaran con los requisitos de compra, mantenía un esquema de “cajas liberadas” (lotes especialmente preparados para pasar los controles) y usaba empresas vinculadas como Market Product S.A.C. y Tierra Inca Foods S.A.C. para ampliar su alcance y ocultar la concentración en el mercado.

¿Qué ha hecho el gobierno?

Pese a la gravedad de las denuncias, la presidenta Dina Boluarte mantuvo a Fredy Hinojosa en su puesto de Jefe de Gabinete de la Presidencia de la República y posteriormente este fue designado por la misma Boluarte como Jefe de la Oficina de Monitoreo Intergubernamental.

Si bien Julio Demartini tuvo que abandonar el puesto de ministro de Desarrollo e Inclusión Social, fue recontratado como asesor del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Recientemente, asumió como asesor de la alta dirección de la de Presidencia del Consejo de Ministros.

Mientras tanto, a fines del 2024 Qali Warma fue reemplazado por el nuevo programa de alimentación escolar Wasi Mikuna. Ante la persistencia de denuncias de nuevas intoxicaciones de estudiantes en las regiones de Piura, Ancash, Ayacucho y Loreto, en abril de 2025 el Ejecutivo anunció su extinción y reemplazo por el Programa de Alimentación Escolar (PAE).

La nueva entidad seguirá operando bajo la gestión del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social pero contará con un Consejo Multisectorial, integrado por los viceministros de los sectores Educación, Salud, Producción y Agricultura. Además, contará con la participación del Colegio de Nutricionistas del Perú y representantes de los padres de familia.

¿Qué ha hecho el Ministerio Público?

Por disposición de la Fiscalía de la Nación, en enero de 2025 el noveno despacho transitorio de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada de Delitos de Corrupción de Funcionarios asumió la investigación de doce carpetas fiscales vinculadas a Qali Warma a nivel nacional.

Las investigaciones, a cargo del fiscal Reynaldo Abia, condujeron al allanamiento de dieciocho inmuebles en Lima, Cajamarca, Trujillo, Huaura, Chimbote y Loreto, así como la detención de once implicados en el caso, siete funcionarios de Qali Warma, tres ejecutivos de Frigoinca y un servidor de la Dirección Regional de Salud de Puno.

En julio de este año, los hermanos Michael y Oliver Burga fueron liberados tras acogerse a la colaboración eficaz. Ambos reconocieron haber cometido delitos y vienen brindando información a la Fiscalía sobre la organización criminal.

Sospechosa muerte de Nilo Burga

En diciembre de 2024, cuando la investigación sobre Frigoinca y Qali Warma ya estaba en curso, Nilo Burga Malca fue hallado sin vida en un hotel de Magdalena, con cortes por arma blanca que le causaron un shock hipovolémico. Junto al cuerpo se encontró un manuscrito que algunos interpretaron como carta suicida, pero familiares y autoridades policiales han señalado inconsistencias: no era una despedida, sino apuntes de lo que pensaba declarar en Fiscalía. Este hallazgo abrió la sospecha de que alguien más pudo haber estado involucrado en su muerte. El caso permanece abierto, sin una versión clara o conclusión definitiva.

Proética obtiene reconocimiento histórico de la Corte Suprema como parte agraviada en caso de corrupción

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema de Justicia ha declarado fundada nuestra tutela de derechos que reconoce a Proética como parte agraviada en el proceso que involucra a funcionarios públicos en el favorecimiento irregular de proveedores en programas sociales del MIDIS.

El fallo establece con claridad que la corrupción no solo lesiona al Estado, sino que también tiene víctimas reales y directas, como los estudiantes beneficiarios del programa Qali Warma. Asimismo, reconoce que las asociaciones civiles tienen legitimación procesal para defender los intereses colectivos y difusos afectados por estos delitos, en virtud del artículo 94° del Código Procesal Penal, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

De este modo, la Corte Suprema fortalece la lucha contra la corrupción, garantiza el acceso a la justicia y abre el camino para que la sociedad civil pueda participar activamente en la defensa de los derechos de la ciudadanía más vulnerable. Este hecho sienta un precedente de enorme importancia, no solo en el Perú, sino a nivel global.

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Hospital Sergio Bernales: retrasos y opacidad

La construcción del mayor hospital de Lima Norte muestra las grietas de los acuerdos de gobierno a gobierno (G2G)

Han pasado cinco años desde que la entonces ministra de Salud Pilar Mazzetti anunció la firma del acuerdo de gobierno a gobierno (G2G) con Francia para la construcción de los hospitales Sergio Bernales (Comas) y Antonio Lorena (Cusco). 

La fórmula buscaba replicar el éxito obtenido en los Juegos Panamericanos Lima 2019, cuya infraestructura fue ejecutada en tiempo récord bajo esta misma modalidad. 

Sin embargo, un reciente informe de la Contraloría General de la República muestra que a la fecha el hospital Bernales tiene un avance de obras acumulado de apenas 0.94%. ¿En manos de quién está el proyecto y cuál fue el origen de los retrasos? 

Un primer punto a tomar en cuenta es que, pese al nombre del acuerdo, la ejecución del proyecto no está a cargo ni del gobierno francés ni de ninguna compañía proveniente de ese país. 

Según el convenio, el aporte de los franceses está limitado a brindar asistencia técnica al Ministerio de Salud durante toda la ejecución del hospital. ¿De qué manera? A través de una Oficina de Gestión de Proyectos (PMO por sus siglas en inglés). 

La PMO, integrada por las compañías francesas Egis y APHPi, desempeña varias funciones, pero la principal fue la selección de la empresa que se haría cargo de la construcción y equipamiento del hospital Bernales. 

El encargo era de suma responsabilidad. Con una inversión de más de mil millones de soles, el nuevo hospital Bernales debía contar con 525 camas y 21 mil 150 equipos de última generación, además de ambulancias y un helipuerto, para atender a 900 mil habitantes de Lima Norte. 

Sin embargo, pese a que la PMO quedó instalada en agosto de 2020, no fue hasta febrero de 2024 en que se dio inicio a la licitación internacional. La responsabilidad de esta demora no es exclusiva de los franceses. 

En más de una ocasión, el Programa Nacional de Inversiones en Salud (Pronis), la entidad encargada de ejecutar los proyectos de infraestructura al interior del Minsa, retrasó la licitación durante meses por falta de respuesta oportuna a la PMO. 

La negligencia del Pronis ha quedado plasmada en más de diez adendas al contrato de asistencia técnica, que en conjunto han elevado el pago a la PMO de 11 a 18 millones de dólares. 

Pero los problemas no terminan ahí. Como se mencionó antes, la licitación a cargo de la PMO comenzó en febrero del año pasado y, luego de meses de evaluación de propuestas, dos consorcios pasaron a la recta final: Health Bernales y OHLA-HV. 

Ambas fueron estudiadas por un Comité Técnico y un Comité de Selección aprobados por la PMO y en octubre del año pasado se declaró ganador a Health Bernales. 

Además de agilizar los procesos, el propósito de acudir a un acuerdo G2G para la ejecución de esta y otras obras es seleccionar a empresas libres de cuestionamientos, Sin embargo, este no parece ser el caso. Para ello, basta ver la trayectoria de una de las empresas integrantes del consorcio. 

El consorcio Health Bernales está integrado por las empresas chinas China Machinery Engineering Corporation (CMEC), subsidiaria del gigante industrial Sinomach, y Qingjian Group Co. 

Antes de instalarse en el Perú en 2020, CMEC afrontó serias acusaciones por el presunto pago de sobornos a funcionarios del régimen de Hugo Chávez en Venezuela a cambio de obtener un contrato para la construcción de una estación eléctrica en la región de Zulia. 

A su arribo a nuestro país, en abril de 2021 CMEC integró un consorcio que ganó una licitación de Unops y Sedapal para la construcción del proyecto de agua potable “Nueva Rinconada”. No obstante, al poco tiempo perdió la buena pro por no presentar una carta fianza. 

El consorcio, según informó el portal El Foco, presentó un reclamo a la Unops y de esta forma recuperó la obra valorizada en mil cien millones de soles. Desde entonces, su desempeño al frente de esta obra no ha estado exento de cuestionamientos. 

En febrero de 2024, la Contraloría detectó que el consorcio había instalado tuberías defectuosas que pondrían en riesgo a las poblaciones de San Juan de Miraflores, Villa El Salvador y Villa María del Triunfo. 

De otro lado, la empresa china también afronta el reclamo de decenas de empresarios que trabajaron para el consorcio y a los que no se les ha pagado por el servicio brindado. En respuesta, CMEC le adjudicó la responsabilidad a su socia peruana en el consorcio. 

Pero volviendo al hospital Sergio Bernales, si bien el representante oficial del consorcio Health Bernales es un ciudadano chino, el registro de visitas de los funcionarios del Pronis reveló la participación de otro directivo peruano.  

Renzo Fernández Prada Ríos es un exfuncionario de Provias Nacional. Según el registro del Ministerio Público, tiene una investigación pendiente en etapa preparatoria por colusión en Cajamarca. 

Recientemente, además, fue acusado por el fiscal Germán Juárez Atoche por su presunta participación en el Club de la Construcción, la organización criminal que comprende a empresarios y funcionarios del Ministerio de Transportes en el direccionamiento de millonarias licitaciones. 

La fiscalía ha solicitado 19 años de cárcel para Fernández Prada Ríos por supuestamente haber favorecido a empresas del club en una licitación del año 2012.

Pese a estos antecedentes, hoy Fernández Prada Ríos es la cara visible del consorcio Health Bernales. Así lo demuestran sus constantes visitas al jefe del Pronis, José Valega Sáenz, y al coordinador de acuerdos G2G de la misma institución, Pedro Gavancho Ruiz. 

Ante ello, OLA solicitó al Pronis el acceso a todos los documentos de la licitación para la construcción del hospital Bernales, pero la entidad denegó la información al considerarla confidencial.  

Algunas semanas después, el 10 de julio de este año, el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ministerio de Justicia resolvió a nuestro favor una apelación presentada contra lo dispuesto por el Pronis. 

Entonces el tribunal otorgó a la entidad siete días hábiles para efectuar la entrega de los documentos, pero a pesar de los reiterados pedidos, la entidad dirigida por Valega Sáenz se resiste a entregar la información sin ofrecer explicación. 

Mientras tanto, los retrasos en la ejecución de la obra continúan. Pese a que el 28 de marzo pasado el ministro de Salud, César Vásquez, puso la primera piedra del hospital, este aún no tiene los diseños completos. 

Así lo advirtió la Contraloría el 15 de agosto pasado, cuando a través de un nuevo informe advirtió de un retraso de casi tres meses con respecto al cronograma aprobado.

*Para la elaboración de este artículo, OLA le hizo llegar un pliego de preguntas al consorcio Health Bernales. Pese a un compromiso inicial de contestar en el más breve plazo, las respuestas nunca llegaron.

*Minutos después de la publicación de esta nota, el Pronis notificó a OLA su decisión de acudir al Poder Judicial para invalidar la resolución del Tribunal de Transparencia que ordenó la entrega de todos los documentos de la licitación del hospital Sergio Bernales. Según explicaron, esta decisión fue adoptada tras realizar una consulta a la PMO francesa, que insistió en la necesidad de mantener en reserva dicha información.

Grin Perú: el expediente perdido

Un caso de presunta corrupción en la Municipalidad de Miraflores se esfumó de los archivos del Poder Judicial.

El caso fue expuesto en televisión nacional a inicios de 2023. El gerente de la Municipalidad de Miraflores fue grabado cuando pedía una “donación” a cambio de un permiso para operar en el distrito. La víctima de la presunta extorsión era Vasco Mujica Roggero, propietario de la compañía de alquiler de scooters eléctricos Grin Perú S.A.

Dos años después, la investigación fiscal contra John Ampuero Joyo, el funcionario en cuestión, aún se encuentra en etapa preliminar. Sin embargo, lo llamativo de este caso no radica en el retardo en la administración de justicia sino en la extraña pérdida de la carpeta fiscal en su contra. La historia es como sigue.

El 17 de abril de 2023, el cuarto despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Corrupción de Funcionarios de Lima, a cargo de Elizabeth Berrospi Díaz, abrió investigación contra Ampuero y los que resulten responsables. Poco tiempo después, la asociación civil Kuskachay, hoy llamada Defensoría Nacional Anticorrupción (DNA), solicitó su incorporación en la investigación como parte agraviada.

Lo hizo al amparo del artículo 94.4 del Código Procesal Penal, que faculta a las asociaciones civiles como la DNA a constituirse en las investigaciones sobre “delitos que afectan intereses colectivos o difusos cuya titularidad lesione a un número indeterminado de personas”. Ese era el caso de la presunta extorsión contra Grin y el perjuicio causado a sus usuarios.

El pedido, sin embargo, fue denegado por la fiscal Berrospi el 23 de agosto de 2023.

Buscando revertir esa decisión, la DNA recurrió entonces al Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional mediante una tutela de derechos. Este fue el punto de partida de un embrollo que acabó con la pérdida de la carpeta fiscal, compuesta por un total de 502 páginas.

En una disposición de enero de este año, Berrospi aseguró que tras llevarse a cabo la audiencia de tutela de derechos el 15 de diciembre de 2023, su despacho remitió la carpeta fiscal al juzgado a cargo de Soledad Barrueto Guerrero. Los documentos llegaron al despacho de Barrueto el 18 de diciembre y cuatro días después, el 22 de diciembre, la jueza resolvió declarar improcedente el pedido de la DNA.

Esta segunda denegatoria fue impugnada por la asociación civil ante la Quinta Sala Penal de Apelaciones Nacional. Mientras el pedido era evaluado por dicha sala, la fiscal Berrospi solicitó a la jueza Barrueto la devolución de la carpeta fiscal hasta en tres oportunidades a través de oficios del 11 de enero, el 7 de marzo y el 3 de abril de 2024.

Pese a la insistencia, la fiscal no recibió ninguna respuesta por parte del juzgado. Algunos meses después, el 19 de agosto de 2024, la sala dispuso declarar fundado en parte el recurso de apelación presentado por la DNA y ordenó que la fiscal Berrospi reevalúe la incorporación de la asociación como parte agraviada en la investigación contra Ampuero.

Entonces Berrospi volvió a pedir la carpeta fiscal a la jueza Barrueto el 18 y el 26 de noviembre e incluso ordenó al asistente en función fiscal Iván Gonzales Ozejo que se comunicara telefónicamente con el juzgado para insistir con el pedido. Pero, como había ocurrido a inicios de ese año, la fiscal no recibió ninguna respuesta.

Recién el 2 de diciembre del año pasado, el tercer juzgado de investigación preparatoria informó a la fiscalía de la “pérdida y extravío de la carpeta fiscal” sin precisar las circunstancias ni los posibles responsables. Para entonces, habían transcurrido once meses desde el primer pedido oficial de devolución del expediente.

En la práctica, la pérdida de la carpeta fiscal supuso un retraso importante en la investigación fiscal contra Ampuero, quien continúa desempeñándose hasta hoy como gerente de la Municipalidad de Miraflores. Pero también un impedimento para que la fiscal Berrospi pudiera reevaluar el pedido de la DNA, como le había ordenado la sala.

Sin otra alternativa, el 8 de enero de este año Berrospi ordenó recomponer la carpeta fiscal y para ello solicitó a las partes que remitan en forma física o digital todos los actuados que estuvieran en su poder. La solicitud, por cierto, incluyó a la Municipalidad de Miraflores que, como ya se dijo, mantiene a Ampuero a la cabeza de su aparato administrativo.

La jueza Barrueto se ha limitado a informar de la pérdida del expediente a la Administración del Módulo Penal para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, pero en opinión de los representantes de la DNA los responsables de este acto podrían haber incurrido en los delitos de cohecho pasivo propio y tráfico de influencias.