“Un directorio que se cumpla”, por Jorge Medina

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  • Por el presidente de Proética, Jorge Medina
  • Publicado en el diario El Comercio

Nada desalienta más la inversión y la generación de empleo que la corrupción. Operar en un mercado en donde existe soborno, tráfico de influencias, uso indebido de información privilegiada, concertación de precios, evasión fiscal, lavado de activos y obstrucción de la justicia, entre otras formas de corrupción, no solo crea distorsiones y aumenta el costo de hacer negocios, sino que también atenta contra la democracia y la gobernabilidad. Una empresa industrial, constructora o pesquera que soborna, no está en el negocio industrial, de construcción o de pesca: ¡está en el negocio de la corrupción!

¿Y a quién corresponde poner el tema anticorrupción en la agenda empresarial? Al directorio. Es este colegiado quien debe asumir la transparencia y la anticorrupción como requisito básico del buen gobierno corporativo (BGC). De allí la importancia que tienen los llamados programas de prevención y cumplimiento anticorrupción (PPCAC) para los directorios hoy en día, no solo porque la reciente regulación sobre la responsabilidad autónoma para personas jurídicas aconseja implementar este mecanismo como vía de exoneración penal, sino también porque es una buena manera de que el sector privado sea un verdadero agente de cambio. Tengamos en cuenta que, a decir de algunos analistas, el efecto del fenómeno Lava Jato le podría costar al país 1% de menor crecimiento del PBI este año.

¿QUÉ ES UN PPCAC?

Es un conjunto de políticas, estrategias y procedimientos que brindan seguridad razonable de que todo riesgo importante de corrupción será prevenido, y –de ocurrir– detectado y remediado oportuna y eficazmente.

¿Qué incluye un buen PPCAC? La comunicación y capacitación a empleados y directivos –también a distribuidores, contratistas, agentes e intermediarios de la empresa– para enfrentar dilemas éticos. Asimismo, procedimientos de investigación independiente, revisión de pagos especiales, pruebas anticorrupción a proveedores, canales de denuncia y políticas de protección al denunciante, y un monitoreo eficaz de la gestión de intereses. Además, políticas sobre contribuciones políticas.

FACTORES DE ÉXITO

1) ‘Tone at the top’: cuando la alta dirección se compromete y da el ejemplo, cuando se involucra en definir el alcance y extensión del PPCAC, cuando asigna los recursos suficientes y establece las responsabilidades sobre su ejecución y supervisión, se configura un verdadero ‘tone at the top’.

2) ‘Risk assessment’: estos programas deben ser el resultado de una evaluación especial de los riesgos de corrupción, pues difieren según el tamaño, sector, estructura y modelo de negocios de cada empresa. No existen programas ‘talla única’. La evaluación ad hoc permite identificar los riesgos y asignarles prioridad para definir el enfoque a seguir, incluyendo los riesgos legales y de reputación.

3) Ejecución y monitoreo: es responsabilidad del directorio cerciorarse de la adecuada ejecución y funcionamiento del PPCAC.

4) Revisión independiente: una manera eficaz mediante la cual el directorio puede evaluar la idoneidad del programa y tomar las acciones correctivas para mejorarlo es por medio de un examen experto e independiente.

5) Publicar los resultados: las empresas deberían informar a sus stakeholders –cualitativa y cuantitativamente– sobre los resultados alcanzados en sus PPCAC, incluyendo el dictamen de la revisión independiente antes señalada. Divulgar resultados e indicadores específicos es la mejor manera de rendir cuentas en materia de transparencia y la demostración más clara de que el principio de tolerancia cero a la corrupción es una realidad en la empresa.

Ilustración: Jean Izquierdo

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8/05/2017

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