La transparencia y la contrarreforma en el arbitraje

Por Walter Albán. Lo que viene ocurriendo con el arbitraje, tratándose de los procesos en los que participa el Estado, es verdaderamente escandaloso. En el Perú vivimos una situación excepcional, desde que en la década de los noventa se optó por hacer que esta manera de resolver conflictos fuera obligatoria para el conjunto del aparato estatal, allí donde surgiera una controversia. De esta manera, mientras que en el pasado el número de arbitrajes realizados en el país no pasaba seguramente de una decena al año, desde que se modificó la legislación con el propósito anotado, estos procesos se multiplicaron a centenas y miles en los años posteriores, como consecuencia de rol que cumple el Estado, sin duda el agente más importante en la economía nacional.

Tan inédita decisión, no reparó en el hecho de que esta obligatoriedad (la de recurrir necesariamente al arbitraje en caso de controversia) tratándose del Estado, quiebra uno de los  principios esenciales en materia arbitral, el de la voluntariedad. Pero, peor aún, y en un sentido contrario, se ha mantenido vigente y casi en términos absolutos otro de sus principios, la confidencialidad. De esa manera, contra lo que dice la Constitución, la ley, y hasta el sentido común, las ingentes cantidades de dinero que se disputan en cada uno de estos arbitrajes y que pertenecen a todos los peruanos, se procesan al margen de escrutinio público o siquiera del de las entidades fiscalizadoras, como la OSCE o contraloría General de la República.

Esta opacidad del procedimiento arbitral, que tiene fundamento razonable cuando se trata de resolver un conflicto entre dos particulares, no es en modo alguno admisible si una de las partes es una entidad del Estado peruano. En este caso, nos encontramos ante una cuestión de interés público, que ha sido sin embargo dejada de lado cuando, en los hechos, lo único que se entiende como publicable, es el laudo que pone punto final a la controversia.

Es esa la razón por la que el Gobierno tomó una buena decisión en diciembre del 2016, cuando mediante Decreto Legislativo resolvió que, a futuro, los procesos arbitrales en los que participa el Estado, sean necesariamente institucionales y no Ad Hoc, procurando así condiciones de mayor orden y transparencia en estos procesos. Lo extraño es que el Congreso de la República, poco después, en mayo del 2017, aprobó una ley para derogar lo dispuesto por el Ejecutivo. En junio del mismo año, el Gobierno observó esta última ley pero, otra vez, el Congreso tomó el camino de la insistencia, y la derogatoria podría ser aprobada en cualquier momento por el pleno.

Paralelamente, otros congresistas (o de pronto los mismos) impulsan la aprobación de la llamada “Ley Cánepa”, para impedir que los centros arbitrales, que son los que administran los arbitrajes institucionales, puedan exigir estándares más elevados, particularmente los de naturaleza ética, a los profesionales que ejercen la función arbitral. El Congreso ha reaccionado entonces favoreciendo reglas que habrán de extender la corrupción en el arbitraje con participación del Estado. ¿A qué responde todo esto?

  • Fecha de publicación: 28/03/2018
  • Foto: stockvault.net
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