Tipo de sesión
Fecha
Informe sobre la situación de la Dirección Ejecutiva del SERFOR
- El Presidente del CD del SERFOR toma la palabra y realiza un breve resumen de las acciones judiciales que interpuso el señor Luis Alberto Gonzales – Zúñiga Guzmán, contra la Resolución Suprema N’ OA2- 2A2O-MINAGRI, que tuvieron como resultado la nulidad de la misma, y su reposición en el cargo de Director Ejecutivo del SERFOR.
Asimismo, señala que la Procuraduría Pública del MIDAGRI, a fin de tener claridad respecto a la ejecución del mandato judicial de reposición solicitó una aclaración a la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, obteniéndose como resultado la Resolución N” 26 que a la letra dice: “la sentencia de vista es clara y no ha dispuesto en ningún momento que se amplíe dicho plazo de designación ni que se hoya interrumpido.”
A fin de corroborar dicha afirmación, se realizaron las consultas internas con los órganos de apoyo y asesoramiento del MIDAGRI, siendo que tanto la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoría Jurídica determinan que esto debe ser materia de consulta a la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), la misma que se efectúa, resultando en el Informe Técnico N’ 000034-2024-SERVIR-GPGSC que concluye textualmente: “fue realizada previamente al órgano jurisdiccional competente, habiendo esta autoridad dado respuesta a la entidad mediante resolución judicial señalando que “(…) la Sentencia de Vista es cloro y no ha dispuesto en ningún momento que se amplíe dicho plazo de designación ni que se haya interrumpido”.
No obstante, el señor Luis Alberto Gonzales – Zúñiga Guzmán manifiesta que el plazo de su designación debe contabilizarse de forma efectiva, para lo cual, presenta un escrito, con fecha 29 de enero de 2024 ante el 10′ Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima solicitando la “represión de actos homogéneos”, es decir acciones que presuntamente vulneren lo que dispuso su sentencia de reposición, bajo el supuesto de que aún se encuentra vigente su designación.
En ese sentido, el Presidente del CD del SERFOR señala que, al encontrarse la materia controvertida en el fuero judicial, el CD del SERFOR, como parte del Poder Ejecutivo, y en estricto respeto del principio de separación de poderes, no puede tomar ninguna decisión que entorpezca la misma; por lo que, en este extremo, la sesión se constituye en meramente informativa, ello sin perjuicio de las acciones que se encuentra autorizada a desarrollar la Procuraduría Pública del MIDAGRI.
- Los señores Gabriel Darly Turcke, José Eloy Cuellar Bautista y Miguel Daniel Huamán Chang formulan consultas sobre lo expuesto por el Presidente del CD, quien en carácter de aclaración expone que el escrito presentado por el señor Luis Alberto Gonzales – Zúñiga Guzmán no constituye una nuevo proceso judicial, ya que se ampara en los efectos de la sentencia ya emitida; por otra parte, no se tiene un plazo determinado para conocer la decisión del Poder Judicial, y que las acciones de hecho que viene efectuando el señor Gonzales – Zúñiga serán pasibles de responsabilidad, si el Poder Judicial así lo determina.
- La señora viceministra Rosa Francisca Zavala Correa saluda y reafirma la necesidad de ser respetuosos con las decisiones del Poder Judicial, y recomienda esperar la decisión jurisdiccional antes de tomar las acciones que correspondan.
- El señor José Eloy Cuellar Bautista hace la precisión que el CD no puede quedar en inacción respecto al cumplimiento de sus funciones, en lo que coincide el Presidente del CD, de ese mismo modo, el señor Gabriel Daly Turcke propone efectuar una consulta, a fin de delimitar el margen de acción para el ejercicio delas funciones del CD, sin que se interfiera con la controversia judicial.
- Con motivo de la decisión de efectuar consulta, el Presidente del CD SERFOR toma la palabra a efectos de hacer referencia al otro asunto vinculado a la Dirección Ejecutiva, específicamente el concurso público realizado en el año 2021, que tuvo como ganador al señor Desiderio Erasmo Otárola Acevedo, quien viene presentando documentos solicitando su designación, siendo que, habiendo transcurrido casi tres (03) años desde el mismo, y teniendo incluso un proceso judicial que puede tener impacto en el mismo, se propone también efectuar una consulta sobre la vigencia y efectos jurídicos del mismo.
- La necesidad de efectuar consultas en ambos supuestos fue deliberada y aprobada por todos los integrantes del CD del SERFOR asistentes a la sesión, las que serán dirigidas por el Presidente del CD, en primera instancia a la Oficina General de Asesoría Jurídica del SERFOR, sin perjuicio de que, con dicha base, se puedan escalar las consultas hacia otras instancias sectoriales o vinculadas a la gestión pública.
Primer Acuerdo: Formular a través de la Presidencia del CD, las siguientes consultas a la Oficina General de Asesoría Jurídica del SERFOR:
1. Teniendo en consideración que se encuentra pendiente la decisión jurisdiccional sobre la ejecución de la sentencia que impacta en la vigencia del periodo de designación del Director Ejecutivo del SERFOR, a quien le corresponde ejercer el cargo de Secretario Técnico del Consejo Directivo, se consulta:
– ¿El Consejo Directivo se encuentra facultado a aprobar la memoria anual, aprobar los instrumentos institucionales y de gestión en el marco de los dispositivos legales y proponer la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre sin lo presentación por porte de la Dirección Ejecutivo del SERFOR?
– ¿El Consejo Directivo en el ejercicio de sus funciones de dirigir lo gestión institucional y ejercer cualquiera otra facultad que se derive de sus fines y las demás que expresamente le confieran las leyes vigentes, de conformidad con la naturaleza de sus funciones, puede solicitar lo presentación de la memoria anual y los instrumentos institucionales y de gestión o lo Secretoria General, como máximo autoridad administrativa del SERFOR?
2. Teniendo en consideración el tiempo transcurrido y las decisiones judiciales emitidas:
– ¿Cuál es el estatus legal, vigencia y efectos jurídicos del Concurso Público de Méritos N” 001-2021- MIDAGRI/SERFOR, así como las acciones que podría tomar el Consejo Directivo respecto al mismo?
Segundo acuerdo: Solicitar al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego la ampliación del plazo de publicación del proyecto normativo denominado “Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre al 2030″ para recepción de aportes, comentarios y sugerencias, por un plazo de quince (15) días calendario adicionales, a lo ya dispuesto en la Resolución Ministerial N” 0010-2024-MlDAGRI.
Tercer acuerdo: Postergar la sesión que se había acordado llevar a cabo el 15 de febrero, hasta nueva fecha, a definir luego que se absuelvan las consultas formuladas.
Victor Hugo Parra Puente
Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario
Representante del MIDAGRI
Walter Grundel Jiménez
Gobernador Regional de San Martín
Representante de los Gobiernos Regionales
Gabriel Daly Turcke
Representante de la CONFIEP
Carlos Adrianzen Panduro
Representante de la CONFIEP
José Eloy Cuellar Bautista
Representante de las universidades
Miguel Daniel Huamán Chang
Representante titular de las ONGD